Por favor, use este identificador para citar o enlazar a este item: http://hdl.handle.net/10261/41797
COMPARTIR / EXPORTAR:
logo share SHARE BASE
Visualizar otros formatos: MARC | Dublin Core | RDF | ORE | MODS | METS | DIDL | DATACITE

Invitar a revisión por pares abierta
Título

Memoria 1977

AutorPresidencia del CSIC
Palabras claveConsejo Superior de Investigaciones Científicas (España)
Memorias
CSIC
Fecha de publicación1978
EditorConsejo Superior de Investigaciones Científicas (España)
CitaciónMemorias Divulgativas (1975-1985)
ResumenLa presente Memoria trata de recoger la labor cientifico-técnica desarrollada por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas durante el año 1977. Inevitablemente se ha tenido que seguir con ella un criterio de selección informativa, limitandose en muchos casos a una simple enumeración de la amplia gama de realizaciones del C.S.I.C. Fundamentalmente recoge las actividades y realizaciones desarrolladas en los Centros propios. En los capítulos y anexos que contiene la Memoria se indican los hechos más destacados ocurridos durante el año, las cifras de personal, gastos e ingresos, las actividades de investigación más importantes desarrolladas a lo largo de 1977, las relaciones nacionales e internacionales, así como un resumen de las actividades científico-técnicas no investigadoras que se han realizado en los diversos Centros que constituyen el C.S.I.C. El Anexo 1 incluye las publicaciones (artículos originales, patentes y libros), Tesis y Tesinas, a partir de las cuales puede estimarse, al menos cualitativamente, la aportación investigadora del C.S.I.C.; en el Anexo II se relacionan los Institutos y Centros del Organismo . 1977 fue el año de la unificación del C.S.I.C. El Real Decreto 1977, de 21 de enero, declaró extinguidos los Organismos Autónomos >>Patronato Juan de la Cierva<< y la División de Ciencias Matemáticas, Médicas y de la Naturaleza), integrando paralelamente en el C.S.I.C. a todo su personal, Centros y Servicios . Durante dicho año, los Centros e Institutos siguieron su marcha y actividad investigadora tal como venían haciéndolo sin cambios importantes que reseñar, mientras que los servicios centrales de los tres Organismos fueron acoplándose y reajustandose paulatinamente hasta llegar a la fusión de los mismos. Posteriormente, el Real Decreto de 30 de diciembre (3450/1977) aprobó el Reglamento Organico del C.S.I.C. Se señalaba en este que, tras una obligada fase de estudios y consultas, tanto más necesaria si se considera que la reforma de estructuras afecta a un Organismo que ha protagonizado buena parte del esfuerzo investigador del sector público en España, pero que al propio tiempo adquirió con el paso de los años una complejidad y rigidez en su organización y funcionamiento, se hizo necesaria la reforma iniciada con el Real Decreto 1361/1976 y definitivamente plasmada en el Real Decreto 32/1977 con la extinción de los Organismos Autónomos surgidos en el propio C.S.I.C .
Partiendo de la unidad original, las normas orgánicas que ahora se aprueban, establecen un sistema de gobierno que se caracteriza por su simplicidad y que constituye cauce apropiado para la instauración de una efectiva participación del personal, tanto en los órganos de gobierno y de gestión, como en las unidades básicas de la investigación, reconociéndose así como elemento esencial en una comunidad científica la prioridad de los criterios y la responsabilidad de los investigadores en la organización, orientación y funcionamiento del Organismo, presupuestos inexcusables para la creación y potenciación del ambiente más favorable para el desarrollo de la labor investigadora. La unidad del Organismo no condiciona ni menoscaba, sin embargo, la diversidad que se consagra a nivel de Institutos, Centros y equipos de investigadores, núcleos vivos y dinámicos que han de acomodar su estructura y funcionamiento a sus características y objetivos y a los métodos de trabajo propios del campo de la ciencia en que se desenvuelven. Asimismo, la reestructuración, agrupación o fusión de centros, sin que ello suponga la aparición de órganos o estructuras burocratizadas intermedias, es uno de los primeros objetivos que se pretende alcanzar de la nueva ordenación . La dedicación del personal y muy en especial de los que tienen la responsabilidad directa de los órganos de gobierno y centros de trabajo, la transparencia en toda la gestión incluida la económica a través de la implantación de cauces permanentes que permitan obtener y difundir la información de interés común, sobre la vida del Organismo, la institucionalización de la crítica como instrumento esencial de fomento del quehacer científico y la apertura al futuro de nuevos métodos de formación, evaluación y promoción del personal, son otros tantos aspectos en los que la reforma orgánica encuentra su más adecuada justificación. Por otra parte, la organización que se implanta con este Real Decreto va encaminada a facilitar la coordinación de esfuerzos, medios y recursos de todo tipo para que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en cuyo seno tiene su más adecuado encaje la investigación básica o aplicada, pero preferentemente orientada y multidisciplinar, sirva a los grandes objetivos prioritarios que en el orden de la investigación le señale el Gobierno o el propio Organismo se proponga en el marco de la polƒtica nacional .
Sus funciones quedaron especificadas del siguiente modo: a) Participar en la elaboración de la política científica nacional a la que deber‚ ajustar sus líneas prioritarias de actuación y los correspondientes programas de investigación . b) Fomentar las relaciones con la comunidad científica nacional e internacional y promover la organización de congresos y reuniones científicas. c) Mantener relaciones científicas con las Universidades, para el mejor aprovechamiento de sus recursos humanos y materiales, la adecuada cobertura de los diferentes campos que puedan contribuir a la mejor realización de sumisión. d) Promover la investigación científica en los ámbitos regionales y locales, estableciendo, a estos efectos, los oportunos conciertos con las Corporaciones y Entidades correspondientes. e) Ejecutar los programas de investigación propios o aquellos que le vengan asignados dentro del marco general de la política científica que determine el Gobierno. f) Crear, mantener y desarrollar sus Centros y dotarlos de los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones. g) Controlar y evaluar la actividad desarrollada por sus investigadores, equipos, institutos y centros en relación con los programas y tareas investigadoras. h) Contribuir a la formación de investigadores, personal técnico y personal auxiliar de investigación tanto para nutrir sus propios cuadros como para atender a la demanda de otros sectores. i) Realizar investigación en las diversas ramas de la ciencia y realizar y fomentar investigación aplicada de interés nacional en los diversos sectores de actividad. j) Establecer convenios de carácter científico con otros organismos públicos o privados, tanto nacionales como extranjeros, y colaborar en proyectos de investigación con Empresas públicas o privadas . k) Cooperar en los planes de investigación tecnológica relativa a la Defensa Nacional. 1) Conceder premios y ayudas destinadas al fomento de la investigación científica . m) Cualesquiera otras que contribuyan a potenciar la investigación científica nacional y las que en tal sentido le sean encomendadas por el Ministerio de Educación y Ciencia y por el Gobierno. Incumbe igualmente al Consejo Superior de Investigaciones Científicas el asesoramiento científico del Ministerio de Educación y Ciencia . En otro apartado del Real Decreto se recogen los ámbitos científicos a los que se adscriben las 21 áreas temáticas en que desarrollan sus actividades investigadoras los Centros del Consejo Superior de 'Investigaciones Científicas. En el cuadro adjunto se enumeran los ámbitos científicos y las áreas adscritas a cada uno de ellos, destacándose que las áreas 06 y 08 (Botánica y Zoología y Edafología) se incluyen en el ámbito de las Ciencias Agrarias, si bien una importante parte de la actividad desarrollada dentro de las mismas corresponde al ámbito de las Ciencias de la Tierra y del Espacio.
Versión del editorhttp://documenta.wi.csic.es/alfresco/downloadpublic/direct/workspace/SpacesStore/56935e3d-80fe-4333-893e-8c332de2786b/1977.pdf
https://www.csic.es/es/el-csic/informacion-corporativa/memorias-anuales/memorias-1975-1985
URIhttp://hdl.handle.net/10261/41797
Aparece en las colecciones: (PRESIDENCIA) Memorias




Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato
1977-2.pdf57,97 MBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir
Mostrar el registro completo

CORE Recommender

Page view(s)

278
checked on 22-abr-2024

Download(s)

106
checked on 22-abr-2024

Google ScholarTM

Check


NOTA: Los ítems de Digital.CSIC están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.